Call Today For A Free Claim Evaluation 1 (888) Damage-0

Respuesta rápida: un ajustador público tiene licencia del Estado de Florida para manejar un reclamo de seguro por usted, el asegurado. Usted no paga nada por adelantado. El cobro es un porcentaje de lo que su reclamo paga, y la ley de Florida le pone un límite a ese porcentaje. Si su reclamo no paga nada, usted no debe nada.

Escrito por Edgar Velazquez, ajustador público con licencia de Florida (#P140117) y fundador de Monarch Claims Consultants en Miami.

La mayoría de las personas escucha la palabra “ajustador” por primera vez en el peor momento posible, justo después de que una tormenta, un incendio o una fuga de agua dañó su casa. Y pocos saben que hay más de un tipo de ajustador. En esta página le explicamos, con palabras sencillas, qué es un ajustador público, qué exige la licencia y cómo funciona el cobro según la ley de Florida.

HAY TRES TIPOS DE AJUSTADORES. SOLO UNO TRABAJA PARA USTED

Cuando usted presenta un reclamo de propiedad, la compañía de seguros asigna un ajustador para revisar el daño. Por lo general es un ajustador de la compañía, es decir, un empleado de la aseguradora. A veces es un ajustador independiente, que es una persona que la compañía de seguros contrata por fuera para hacer el mismo trabajo. En los dos casos, quien los contrató fue la compañía de seguros, así que es a la compañía de seguros a quien le responden.

El ajustador público es el tercer tipo, y el único que lo representa a usted. La sección 626.854(1) de la ley de Florida define al ajustador público como la persona que, a cambio de un honorario, prepara y presenta un reclamo de seguro por el asegurado, y negocia el arreglo de ese reclamo en nombre del asegurado. En palabras simples: de todos los que participan en su reclamo, el ajustador público es el que tiene licencia para estar de su lado.

QUÉ HACE UN AJUSTADOR PÚBLICO POR USTED

El trabajo es mucho más que llenar formularios. Una buena firma de ajuste público hace cinco cosas en cada reclamo:

  • Lee su póliza completa. No el resumen de una página. El contrato entero, para encontrar todo lo que aplica a su pérdida.
  • Inspecciona y documenta el daño. Este paso puede decidir el reclamo. Un ajustador entrenado busca daños que no se ven a simple vista, y hay formas correctas de documentar una pérdida que le dan al reclamo su mejor resultado posible. Por eso importa tanto quién hace la inspección.
  • Escribe el estimado. Un estimado de reparación detallado, línea por línea. En Monarch escribimos cada estimado nosotros mismos, con el mismo software profesional de estimados que usa la industria del seguro. Así los números de su lado son tan sólidos como los del otro lado.
  • Negocia. Aquí es donde la documentación y el estimado dan fruto. Negociamos para que el arreglo refleje todos los daños que la propiedad tiene de verdad, no solo los que se veían fácil.
  • Da seguimiento. Mantenemos presión constante sobre el expediente para que la compañía de seguros actúe a tiempo. La ley de Florida les pone plazos a las aseguradoras, y nosotros vigilamos cada uno hasta que su reclamo se resuelve.

QUÉ SE NECESITA PARA TENER LA LICENCIA

En Florida nadie puede simplemente decir que es ajustador público. Según la sección 626.865 de la ley de Florida, el estado exige la formación e instrucción en ajuste de reclamos que pide la ley, pasar el examen estatal de licencia, y depositar una fianza de $50,000 que sigue activa hasta un año después de que termina la licencia. También hay un requisito de experiencia: antes de recibir la licencia, la persona debe trabajar primero seis meses en un puesto supervisado de ajuste. Para la mayoría de los futuros ajustadores públicos, ese puesto es el de aprendiz de ajustador público con licencia. La licencia la otorga el Departamento de Servicios Financieros de Florida (DFS), y usted puede verificar gratis la licencia de cualquier ajustador en la página del DFS. Hágalo siempre antes de firmar con alguien. La nuestra está al final de esta página.

¿QUIERE SABER CUÁNTO VALE SU RECLAMO EN REALIDAD?

Cuéntenos qué pasó. Un ajustador con licencia revisa su reclamo con usted, y la revisión no le cuesta nada.

Pedir mi revisión gratis

O llame al 1 (888) DAMAGE-0

CÓMO FUNCIONA EL COBRO: USTED SOLO PAGA SI SU RECLAMO PAGA

La ley de Florida amarra el cobro del ajustador público a los resultados. Según la sección 626.854(11)(b), todo lo que un ajustador público recibe por un reclamo tiene que quedar dentro de un porcentaje fijado de lo que la compañía de seguros paga en ese reclamo. Por eso no hay costo por adelantado ni cobro por hora. Y si la compañía de seguros no paga nada, un porcentaje de nada es nada, así que usted no debe nada. Piense en lo que eso significa: la única forma en que su ajustador público gana más es logrando que le paguen más de su daño cubierto. Lo que usted recupera y lo que el ajustador cobra suben y bajan juntos, porque la ley lo escribió así.

LOS LÍMITES DE HONORARIOS QUE PONE LA LEY DE FLORIDA

La sección 626.854(11)(b) de la ley de Florida fija honorarios máximos. Ningún contrato puede pasar de estos números:

  • 20% es el límite normal. El honorario nunca puede ser más del 20% de lo que la compañía de seguros paga en su reclamo.
  • 10% después de una emergencia declarada. Si el Gobernador declara un estado de emergencia después de una catástrofe, como un huracán, el límite baja al 10% para los reclamos de ese evento. El límite del 10% aplica a los reclamos presentados durante el primer año después de la declaración. Pasado ese primer año, vuelve a aplicar el límite normal del 20%.
  • 1% en un caso especial. Si la compañía de seguros paga el límite completo de una cobertura de la póliza, o se compromete por escrito a pagarlo, dentro de los 14 días después de la fecha del daño (o dentro de los 10 días después de firmado el contrato del ajustador público, lo que ocurra más tarde), el honorario sobre ese dinero no puede pasar del 1%.
  • 0% sobre dinero que ya venía en camino. Si la compañía de seguros pagó, o se comprometió por escrito a pagar, antes de que usted firmara con el ajustador público, no se puede cobrar honorario sobre ese dinero.

La misma sección de la ley agrega tres protecciones más. Su deducible no cuenta: nunca se puede cobrar honorario sobre él. Los gastos adicionales de vivienda, es decir, el dinero que la póliza paga para que usted viva en otro lugar durante las reparaciones, tampoco cuentan, a menos que usted firme un acuerdo aparte con las palabras exactas que exige la ley. Y el porcentaje no puede subir solo porque su reclamo termine en corte. La ley incluso dice que cualquier truco inventado para saltarse estos límites es, por sí solo, una violación.

¿Y SI LA COMPAÑÍA DE SEGUROS YA PAGÓ, PERO NO ALCANZÓ?

Esto pasa mucho. La compañía de seguros paga algo, el pago no alcanza para las reparaciones, y el propietario busca un ajustador público después. La sección 626.854(11)(a) es muy clara: el honorario solo se puede cobrar sobre el dinero nuevo que el ajustador recupera después de firmado el contrato. Nunca sobre lo que la compañía de seguros ya había pagado por esa pérdida, y no puede pasar del 20% de la recuperación nueva. Si alguien le cotiza un honorario sobre el reclamo completo, incluyendo dinero que usted ya recibió, eso va contra la ley. Sobre pagos que no alcanzan escribimos una guía completa: el seguro me pagó menos de lo que cuesta la reparación, ¿y ahora qué?

LEA EL CONTRATO ANTES DE FIRMAR. BUSQUE ESTAS CUATRO COSAS

Florida también tiene reglas para el contrato mismo, en las secciones 626.854(7) y 626.8796 de la ley. Revise esto antes de firmar con cualquiera:

  • El porcentaje, en letra grande. La ley exige que el porcentaje del honorario aparezca en letra grande y en negrita (mínimo 18 puntos) justo antes de la línea donde usted firma. Si el número hay que buscarlo, no firme.
  • El aviso de fraude. La ley exige una advertencia clara sobre el fraude de seguros, en esa misma letra grande y en negrita. Si no está, eso le dice algo de esa compañía.
  • Su derecho a cancelar. En cualquier reclamo, usted puede cancelar el contrato sin penalidad dentro de los 10 días después de firmarlo. Si su reclamo viene de un evento bajo un estado de emergencia declarado, tiene más tiempo: 30 días después de la fecha del daño o 10 días después de firmar, lo que le dé más. Y aparte, si el ajustador no le envía a la compañía de seguros un estimado por escrito dentro de los 60 días del contrato, por causas que estaban bajo su control, usted puede terminar el acuerdo.
  • El número de licencia. Verifíquelo en la página del DFS antes de confiar en él.

LAS REGLAS DEL COBRO DICEN TODO SOBRE ESTA PROFESIÓN

Vuelva a leer esos límites y fíjese en algo: todos protegen al asegurado. Porcentajes con tope. Cero honorario sobre su deducible. Cero sobre dinero que usted ya tenía. Nada que pagar si el reclamo no recupera. Florida escribió las reglas para que a un ajustador público solo le vaya bien cuando a usted le va bien. Esa es la profesión que escogimos en Monarch, y la ejercemos todos los días para dueños de casas y de negocios en toda Florida. Cuando usted quiera, con gusto le mostramos cómo se ve su reclamo con un ajustador con licencia de su lado.

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE HONORARIOS Y LICENCIAS

¿Quién le paga al ajustador público?

Usted, del dinero del reclamo, y solamente después de que ese dinero llega. La ley de Florida fija el honorario como un porcentaje de lo que pague el reclamo. Al principio no se debe nada.

¿Y si el reclamo no paga nada?

No hay de qué sacar un porcentaje, así que no hay honorario. El cobro se calcula únicamente sobre los pagos o acuerdos que efectivamente le paguen a usted.

¿Me pueden cobrar sobre el deducible?

No. La ley de Florida dice que los pagos del reclamo no incluyen el deducible de la póliza y que el honorario del ajustador público no se puede basar en la parte del deducible.

¿Cuándo recibo el estimado por escrito y hasta cuándo puedo arrepentirme?

El ajustador tiene que entregarle un estimado detallado por escrito dentro de 60 días de haber firmado. Usted puede cancelar dentro de 10 días de la firma por cualquier razón. Si el reclamo viene de un evento bajo un estado de emergencia declarado por el Gobernador, tiene 30 días desde la fecha del daño o 10 días desde la firma, lo que sea más largo.

¿Cómo confirmo que un ajustador tiene licencia de verdad?

El Departamento de Servicios Financieros de Florida mantiene una búsqueda pública de licencias. Puede verificar el nombre y el número de licencia ahí gratis, antes de firmar cualquier cosa.

¿TIENE UN RECLAMO? REVISÉMOSLO JUNTOS

Cada mensaje lo lee un ajustador público con licencia, no un call center.

Hablar con un ajustador

1 (888) DAMAGE-0  |  (305) 972-2034 (Directo)


Este artículo es información general sobre la ley de Florida a su fecha de publicación. No es asesoría legal y leerlo no crea una relación de ajustador y cliente. Las leyes cambian y cada póliza es distinta. Confirme la ley vigente o consulte con un profesional con licencia sobre su reclamo específico.

Edgar Velazquez es ajustador público licenciado en Florida (Licencia #P140117). Monarch Claims Consultants, Inc., Miami, Florida.

ESTA ES UNA SOLICITUD DE NEGOCIOS. SI USTED TUVO UN RECLAMO POR PÉRDIDA O DAÑO A UNA PROPIEDAD ASEGURADA Y ESTÁ SATISFECHO CON EL PAGO DE SU ASEGURADORA, PUEDE IGNORAR ESTE ANUNCIO.

THIS IS A SOLICITATION FOR BUSINESS. IF YOU HAVE HAD A CLAIM FOR AN INSURED PROPERTY LOSS OR DAMAGE AND YOU ARE SATISFIED WITH THE PAYMENT BY YOUR INSURER, YOU MAY DISREGARD THIS ADVERTISEMENT.